A.- De manera genérica

i.Se delegan todas las competencias atribuidas a la alcaldía y comprendidas dentro del área de Gobierno que no estén declaradas indelegables por las normas o bien que queden expresamente reservadas a la alcaldía o atribuidas a otros órganos de Gobierno del Ayuntamiento.

ii.La resolución de las peticiones de acceso a la información en los procedimientos en trámite que correspondan a materias objeto de la delegación, que presenten los interesados en el procedimiento o terceras personas que acrediten un interés.

iii.La resolución de los recursos de reposición que se presenten contra las resoluciones dictadas en ejercicio de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 115 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
La dirección de los servicios administrativos comprende la firma de propuestas dirigidas a la alcaldía, al Pleno o a la Junta de Gobierno Local en materias incluidas dentro del área de gobierno

B.- De manera específica, dentro de las materias que conforman las áreas

i.Los actos administrativos, competencia de Alcaldía, que procedan en los procedimientos de concesión de licencias de tenencia de animales, así como sobre el alta, baja o modificación de inscripciones en el o los registros que correspondan.

ii.La gestión de los cementerios municipales y policía sanitaria mortuoria, lo que comprende dictar los actos administrativos que procedan en materia de otorgamiento de derechos de uso sobre nichos, sepulturas, columbarios o de Derechos funerarios.

iii.Los actos administrativos, competencia de Alcaldía, en los procedimientos sancionadores en materia de drogodependencias y en materia de tenencia de animales.

iv.Dirigir la coordinación de los servicios municipales de Educación con otras Administraciones.

v.Dirigir la política municipal en materia de juventud, analizando y canalizando sus necesidades y peticiones.

vi. Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento

vii.Fomentar, coordinar y ejecutar los programas y actuaciones de fomento de la mujer en Torrejón de Velasco.

viii.Coordinar los servicios de la Biblioteca municipal.

ix.Coordinar los servicios del Auditorio municipal.

x.Gestión de las relaciones con instituciones de carácter cultural.

xi.Solicitud y gestión de exposiciones.

xii.Planificación y gestión de la Escuela Municipal de Música.

xiii.Propuestas de gastos en su área y El visado de facturas de su Área.

xiv.Actuará como órgano de contratación respecto de los contratos menores tramitados de acuerdo al art.118 de la LCSP que correspondan a su área de gobierno, correspondiendo la fase de autorización y disposición del gasto.

REPRESENTANTE COMO VOCAL EN LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE.

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